Despido por parte de la empresa
Una pauta muy repetida por las empresas es despedir descaradamente mal a su trabajador, quizás porque confían en su posición de fuerza, revestida de una sensación de impunidad.
La carta de despido que te den debe de concretar muy bien las razones de tu despido, porque la empresa lo tendrá que justificar y probar su veracidad si acudes al juzgado, esas razones son exclusivamente las siguientes:
- Faltas que se repitan e injustificadas
- Indisciplina o desobediencia
- Ofender verbal o físicamente a compañeros superiores
- Quebrantar la buena fe contractual
- Disminuir continuada y voluntariamente el rendimiento
- Embriaguez habitual
- Acosar por cualquier motivo
En este caso la empresa no te dará indemnización ninguna, porque a su modo de ver esta justificado el despido, no obstante, sí que te deben de dar el finiquito donde consten las cantidades de:
- Vacaciones no disfrutadas
- Pagas extraordinarias y otros pluses
- Horas extras
- Días trabajados que falten por cobrar (evidentemente)
Factores a tener en cuenta
El despido es la SANCIÓN MÁXIMA que puede llevar a cabo una empresa contra su trabajador, con lo cual debe de estar extremadamente justifico y tener pruebas de ello.
Llama siempre la atención cuando el trabajador previamente no ha recibido ningún toque de atención por parte de la empresa, que se traduce en una sanción disciplinaria.
Si no ha existido esa sanción previa se presupone que el trabajador realizaba sus tareas con diligencia, y no tenía constancia de que estaba haciendo nada malo o de que perjudicara a su empresa. Con lo cual deberá de tener la nota de MUY GRAVE la falta cometida.
También hay que medir la proporcionalidad de la falta que se te imputa con el despido, es impensable que por llegar un día impuntual te despidan.
Con lo cual un despido sorpresa sin existir una sanción previa, con una carta de despido escueta o inexistente.
Así como la falsedad de su contenido deviene en en un DESPIDO IMPROCEDENTE CON UNA INDEMNIZACIÓN DE 33 DÍAS POR AÑO TRABAJADOS.