Como recuperar hasta el 100% del alquiler durante la pandemia
Bien es sabido por todos que los españoles tuvimos que soportar un confinamiento debido a la pandemia del coronavirus (COVID-19) y en durante la misma muchos locales tuvieron que cerrar, continuando pagando el alquiler.
En el blog de hoy vamos a dilucidar y dar luz a una problemática que ha surgido durante los últimos meses y que ha servido para dar una solución y un respiro a los locales que tuvieron que cerrar sus establecimientos y continuaron pagando sus alquileres.
Así debe exigir la devolución del importe total del alquiler
La cláusula «rebus sic stantibus» que literalmente significa «mientras duren las cosas, permite modificar el contenido del contrato o revolverlo cuando concurren circunstancias sobrevenidas, de carácter excepcional e imprevistas por las partes en el momento de establecer las condiciones del contrato.
Según la doctrina REBUS SIC STANTIBUS puede reclamar hasta el 100% del importe del alquiler.
La doctrina «rebus sic stantibus» permite la revisión de las obligaciones y los contratos cuando, por circunstancias sobrevenidas como la pandemia del coronavirus, se ha roto el equilibrio económico del acuerdo y a una de las partes le resulta imposible o muy difícil el cumplimiento.
Sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº20 de Barcelona
La posibilidad de alterar la regla «pacta sunt servanda» ante una modificación excepcional de las circunstancias es admitida en derecho comparado, en el derecho alemán y en el derecho italiano, por ejemplo).
Por ende, siendo la cláusula rebus sic stantibus una excepción al principio de pacta sunt servanda, por lo que la misma se deberá de aplicar en todo momento de manera excepcional, determina su aplicación a una serie de requisitos:
- Alteración extraordinaria
- Que produzca un perjuicio grave
- Imposibilidad de alcanzar un acuerdo entre las partes
- Buscar una solución equitativa y justa
Conclusión
En virtud de la sentencia del Juzgado de primera instancia nº20 de Barcelona, tendrá derecho entre un 50 a 100% de las rentas entre el 1 de abril y el 31 de marzo de 2021.
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